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Los daños ocasionados por el lobo se regularán por la la ley de caza

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El Gobierno regional creará una Mesa del Lobo con todos los sectores sociales implicados en su gestión y un Comité Científico de asesoramiento sobre la especie.

El proyecto de decreto de revisión extraordinaria del Plan de conservación y gestión del lobo en la Comunidad asume que al sur de Duero la compensación de los daños a la ganadería de esta especie se regirá por la legislación en materia de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas, mientras que al norte, se vinculará a la ley de caza, como especie cinegética. El documento recogido por Ical, indica que, de forma complementaria, la Junta favorecerá la suscripción de seguros voluntarios que cubran los daños derivados de los ataques del lobo.

La modificación establece un concreción administrativa de la zonificación basada en la diferente consideración jurídica de la especie en la Comunidad, en función de su situación respecto al Duero; define métodos de control; clarifica el aprovechamiento cinegético al norte del río a través de una planificación comarcal; y crea la Mesa del Lobo de Castilla y León como instrumento de participación de todos los sectores sociales implicados en su gestión; y un Comité Científico de asesoramiento.

El texto legislativo da respuesta a dos sentencias del Tribunal Supremo del 22 de marzo, que declararon nulos varios artículos del plan de conservación, relativos a la posibilidad de aprovechamientos cinegéticos al sur del Duero; a los tipos de zonificación; a los mecanismos de compensación de daños a la ganadería y el procedimiento de control de poblaciones.

El decreto señala que el lobo se ha consolidado como especie reproductora en todas las provincias de la Comunidad, y aunque hasta 2014 no se conocerá el nuevo censo sobre la especie, adelanta que entre 2007 y 2012, su área de distribución ha aumentado un 34 por ciento; especialmente al sur del Duero, en el área occidental de Salamanca y el sur de Ávila, Segovia y Soria, En cambio, en algunos sectores concretos como Tierra de Pinares entre Valladolid y Segovia, “el lobo parece haber rarificado su presencia”, indica. Asimismo, asegura que está colonizando comunidades limítrofes, como Castilla-La Mancha y Madrid.

Control de la especie

En cuanto a las medidas de control de la especie, se señala que en la zona 1, al norte del Duero, la mejor vía son las prácticas cinegéticas, aunque se podrán realizar actuaciones complementarias si éstas no fueran suficientes y se produjeran perjuicios importantes. En la zona 2, al sur del Duero, las actuaciones de control serán realizadas por la Administración conforme a la ley de patrimonio natural. El texto incide en el incremento de la vigilancia frente al furtivismo y en la lucha integrada contra el uso ilegal de cebos envenenados.

Los aprovechamiento cinegéticos aparecen regulados y se precisa que su planificación se realizará con un ámbito comarcal, fijándose cupos de capturas. En concreto, con carácter general, no superará el diez por ciento de la población estimada en el censo de manadas; aunque pondrá elevarse hasta el 18 por ciento en función de la siniestralidad que provoquen.

El decreto creará la Mesa del Lobo de Castilla y León, que se regulará mediante una orden de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, y estará integrada por representantes de ésta y de Agricultura; de los colectivos de agricultores y ganaderos; de las asociaciones conservacionistas; y de las organizaciones de cazadores. Asimismo, se podrá en marcha un Comité Científico, con representantes de las universidades de la Comunidad, de los colegios profesionales relacionados con la gestión de la fauna y la ganadería y por profesionales de reconocido prestigio sobre la especie y la ganadería extensiva (18.00 explotaciones con 3,1 millones de cabezas en la Comunidad).

Catálogo de buenas prácticas

El proyecto de decreto contempla también medidas preventivas y señala que se creará una Catálogo de Buenas Prácticas Ganaderas en las Zonas Loberas, en el que se especificarán medidas de custodia y prevención de daños. Además, se establecerán líneas de ayudas que fomenten la adopción de las medidas de prevención.

El proyecto elaborado por la Junta indica que se apostará por el lobo como elemento coadyuvador del desarrollo de la economía rural y se promoverá su aprovechamiento como recursos turístico; y se fomentará la oferta de productos elaborados en su área de distribución.

La especie tendrá un seguimiento poblacional, con censos regionales cada diez años. Asimismo, al norte del Duero se abordarán actualizaciones del ceso de manadas cada cinco años para la planificación cinegética; y al sur, el seguimiento tendrá una periodicidad inferior al lustro. Para abordar estas actuaciones, se contará con patrullas de seguimiento de la fauna, al menos en Ávila, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora. El documento indica que se producirá una recogida continua de datos y junto a los seguimientos poblacionales, se integrarán en la Base de Datos del Lobo. La junta impulsará también campañas de divulgación, información y educación ambiental sobre el lobo.

Zonificación

El documento concluye con un anexo en al que se concreta la zonificación. La Zona 1 incluye las provincias completas de León y Palencia, así como los términos municipales de las provincias de Zamora, Valladolid y Burgos que se ubican, íntegramente, al norte del río Duero (es decir, en su margen derecha). En la provincia de Soria, la Zona 1 abarca los términos municipales que se ubican, íntegramente, al norte del río Duero desde el límite con Burgos hasta Almazán. Al este de Almazán se incluyen en Zona 1 los municipios de Viana de Duero, Nepas, Escobosa de Almazán, Maján, Cañamaque, Torlengua, Deza y Cihuela, así como todos los municipios que quedan al norte de éstos.

En el caso de municipios por los que discurre el río Duero, son Zona 1 los terrenos de la margen derecha; en la provincia zamorana, en Zamora y Toro; en la vallisoletana, Castronuño, Tordesillas, Valladolid, Cistérniga, Tudela de Duero, Villabáñez, Sardón de Duero, Valbuena de Duero y Peñafiel; en la burgalesa, San Martín de Rubiales, Rosa, Aranda de Duero, Vadocondes y La Vid; y en la soriana Langa de Duero, San Esteban de Gormaz, Burgo de Osma- Ciudad de Osma, Gormaz, Bayubas de Abajo, Berlanga de Duero y Almazán.

La Zona 2 incluye las provincias completas de Salamanca, Ávila y Segovia, así como los términos municipales de las provincias de Zamora, Valladolid y Burgos que se ubican, íntegramente, al sur del río Duero (margen izquierda). En la provincia de Soria, la Zona 2 abarca los términos municipales que se ubican, íntegramente, al sur del río Duero desde el límite con Burgos hasta Almazán. Al este de Almazán se incluyen en Zona 2 los municipios de Coscurita, Soliedra, Momblona, Monteagudo de Las Vicarías y Fuentelmonge, así como todos los municipios que quedan al sur de éstos. En el caso de municipios por los que discurre el río Duero son Zona 2, los terrenos de la margen izquierda. La revisión del plan se realizará cada diez años.

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